
La acción negatoria, las inmisiones, las servidumbres y las relaciones de vecindad
Por parte de la administración se está llevando a cabo una intensa actividad de inspección y control de este tipo de viviendas que actúan sin licencia. Además de la regulación específica de la actividad, lo que abordamos es la problemática generada por el mercado actual de establecimientos de viviendas de uso turístico ilegales frente a los propietarios de la vivienda que está arrendada.
Cada vez hay más inquilinos con contratos de larga duración que, para ahorrar o para llegar a final de mes, los realquilan como viviendas de uso turístico enteras o por habitaciones sin pedir autorización al propietario de los pisos, sin dejar de lado la conflictividad social y vecinal que generan en las comunidades de vecinos.
Una vez iniciado un expediente de inspección basado en la propia actividad publicada en plataformas y constatada por la administración, muchas veces las comunicaciones se reciben en la propia vivienda y el arrendador es el último en enterarse.
Esto conlleva que, por falta de comparecencia y de alegaciones en defensa de su derecho, el expediente administrativo se resuelva sin saber que el propietario es ajeno a la situación. De hecho, muchos propietarios se enteran con una primera comunicación de un expediente sancionador que resulta prácticamente imparable. Las sanciones son considerables y es indispensable presentar los recursos correspondientes de forma puntual y rápida.
Además, si el contrato de arrendamiento suscrito no permite la cesión o el subarriendo, ello supone una causa de resolución del propio contrato de arrendamiento que debe instarse con la correspondiente demanda declarativa civil.
Si quiere saber más al respecto, o se encuentra en esta situación, no dude en contactarnos para poder asesorarle de forma personalizada.